Si eres enajenador activo, debes cumplir con la obligación legal establecida en el Artículo 5 de la Resolución 927 de 2021, expedida por la Secretaría Distrital del Hábitat:
a. Informar, dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes a la ocurrencia de los hechos, cualquier cambio en la información aportada inicialmente, tales como dirección, correo electrónico y teléfono, so pena de incurrir en una multa, de conformidad con el inciso 3°, artículo 3° del Decreto Ley 2610 de 1979.
Para realizar este proceso, descarga el siguiente formato:
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