Autorización para el despliegue de Infraestructura de Telecomunicaciones en bienes privados
La Secretaría Distrital del Hábitat ha puesto a disposición de manera 100% virtual el trámite de autorización para el despliegue de nueva infraestructura de telecomunicaciones en bienes privados, simplificando el cumplimiento de la normativa vigente.
Marco Normativo:
Los Artículos 217 y 218 del Decreto Distrital 555 del 2021 (Plan de Ordenamiento territorial), establecen las condiciones de ubicación y autorización de estaciones radioeléctricas en Bogotá, D.C. y dicta otras disposiciones.
El Decreto Nacional 1031 de 2024 del MinTIC reglamenta el procedimiento único para el despliegue de redes e infraestructura de telecomunicaciones, adicional, establece en el Artículo 2.2.30.9 el “Formulario Único de solicitud de autorización para el despliegue de redes e infraestructura de telecomunicaciones” el cual es un requisito obligatorio y la firma de este implica una manifestación expresa por parte del solicitante, asegurando el cumplimiento integral de las disposiciones nacionales que permiten la localización e instalación de infraestructura de telecomunicaciones.
Decreto 1031 de 2024 de MinTIC
Formulario Único para el Despliegue
Posteriormente, se expidió el Decreto compilatorio Distrital 670 de 2025, "Decreto Único Distrital de Ordenamiento Territorial de Bogotá D.C.”, entre los Artículos 1381 y 1410 de la Parte 2 del citado Decreto, se define el Procedimiento único para el despliegue de redes e infraestructura de comunicaciones en Bogotá D.C.
¿Cómo se gestiona el trámite?
- La Secretaría Distrital del Hábitat pone a disposición la Ventanilla Única de la Construcción-VUC®, en este portal, el solicitante (persona natural o jurídica) debe registrarse para iniciar el proceso de autorización para el despliegue de nueva infraestructura de telecomunicaciones en bienes privados.
- Una vez activada la cuenta, deberá ingresar a la opción "Estaciones Radioeléctricas" y registrar la información básica del proyecto (Nombre de la infraestructura, dirección catastral, coordenadas, CHIP y localidad)
Tras seleccionar la infraestructura registrada, podrá cargar la documentación única requerida que se relaciona en el Artículo 1391 del Decreto Distrital 670 de 2025 y enviar la solicitud; además, la plataforma le permitirá consultar el estado de sus trámites y consultar datos de localización.
Realizar tramite por: Ventanilla Única de la Construcción-VUC®
¿Cuáles son los documentos que debo tener en cuenta al momento de la radicación?
Para realizar la solicitud, debe descargar y diligenciar el Formulario Único de Solicitud de autorización para el despliegue de redes e infraestructura de telecomunicaciones del MINTIC, el solicitante debe presentar ante la entidad distrital competente la documentación única requerida conforme al Artículo 1391 del Decreto Distrital 670 de 2025:
- Formulario Único de solicitud de autorización para el despliegue de redes e infraestructura de telecomunicaciones * (Diligenciado y firmado)
- Documentos del Solicitante. *
- Documentación del Representante legal de la empresa.
- Poder debidamente firmado o quien haga sus veces.
- Autorización suscrita a quien realiza la solicitud.
- Documentos que soporten el solicitante
- Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual vigente. *
- Certificación firmada por el representante legal y revisor fiscal que acredite el valor asegurado de 5% sobre la respectiva infraestructura de telecomunicaciones a desplegar. *
- Autorización del uso del espacio. *
- · Si las redes e infraestructura de telecomunicaciones se localizan en un bien privado, la solicitud de instalación se deberá acompañar de la autorización suscrita por el propietario o poseedor, de acuerdo con el Certificado de Tradición y Libertad del inmueble objeto de la solicitud, según aplique.
- · Si las redes e infraestructura de telecomunicaciones se localizan en predios sometidos a régimen de propiedad horizontal, la solicitud de instalación se deberá acompañar de la autorización suscrita por el representante legal de la propiedad horizontal, de acuerdo con el Certificado de Existencia y Representación Legal de la copropiedad. (Según aplique)
- Concepto de autorización de altura de la infraestructura expedida por la Unidad Administrativa Especial de la Aeronáutica Civil -UAEAC-. *
- Propuesta técnica y arquitectónica de la instalación. *
- Propuesta de mimetización.
- Evaluación estructural de cargas de la edificación (cubierta, punto fijo etc.)
- Diseño estructural de los elementos de soporte y anclajes (torre, monopolo o mástil), los diseños deben ser avalados por un profesional idóneo, para lo cual deberá allegar la respectiva Tarjeta Profesional. *
- Estudio de suelos y diseño estructural de la cimentación. (si la infraestructura se encuentra a nivel de piso)
- Concepto técnico previo favorable que acredite el cumplimiento de los requisitos que disponga la normativa vigente, para el caso de instalación en zonas de protección o patrimonio cultural o conservación arquitectónica, protección ambiental o espacio público,
- En Estructura Integradora de Patrimonios. (IDPC – Min Cultura)
- Sobre la Estructura Ecológica Principal o suelo de protección del Distrito Capital. (SDA-CAR)
- Sobre zonas de riesgo del Distrito Capital. (IDIGER)
- Adosadas a publicidad exterior visual del Distrito Capital. (SDA)
Los documentos marcados con (*) son obligatorios.
Es importante tener en cuenta que, el solicitante es plenamente responsable de todos los efectos legales derivados de la documentación e información proporcionada. En este sentido, el Distrito Capital queda exonerado de cualquier responsabilidad frente a los daños o perjuicios que puedan surgir como consecuencia de la documentación e información reportada, así como en sus soportes y anexos.
Nota: Conforme al Parágrafo 1 del Artículo 1391 del Decreto Distrital 670 de 2025, “Cuando no se allegue la documentación de manera completa o sin el cumplimiento de los requisitos señalados en el presente artículo, la entidad competente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1389 del presente Decreto, requerirá por una única vez al solicitante para que radique la documentación faltante o la subsane, en los términos del artículo 17 de la Ley 1437 de 2011 Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo-CPACA, sustituido por el artículo 1º de la Ley 1755 de 2015, o la norma que lo modifique, adicione o sustituya”.
La autorización que expide la SDHT como resultado de la solicitud para el Despliegue de Infraestructura de Telecomunicaciones en Bienes Privados en la ciudad de Bogotá, está sujeta al cumplimiento del “PROCEDIMIENTO UNICO” contemplado a partir del Articulo 1390 Capítulo 2 de la Parte 2. “REDES E INFRAESTRUCTURA DE TELECOMUNICACIONES” del Decreto Distrital 670 de 2025.
Documento de soporte adicional:
¿Qué debo hacer para la REGULARIZACIÓN de una Infraestructura de Telecomunicaciones ya instalada?
Conforme al numeral 2 del Artículo 1389 del Decreto Distrital 670 de 2025, la Secretaría Distrital de Planeación será competente para resolver todas las solicitudes de regularización en bienes privados, fiscales y espacio público.
Adicional, el Artículo 1403 del Decreto Distrital 670 de 2025, los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones o los proveedores de infraestructura soporte tendrán plazo hasta el 30 de junio de 2026, para solicitar la regularización de redes e infraestructura de telecomunicaciones que se encuentren sin regularizar y no cuenten con permiso y/o autorización.
¿Qué debo hacer para realizar la solicitud de autorización en espacio público y bienes fiscales?
Conforme al numeral 3 Articulo 1389 del Decreto Distrital 670 de 2025, el Administrador y/o responsable del espacio público tiene la competencia para la autorización de instalación de infraestructura de telecomunicaciones en bienes de uso público y bienes fiscales.
Por lo anterior, en el Artículo 156 del Decreto Distrital 670 de 2025, podrá identificar las Entidades Administradoras del espacio público que tienen actividades de aprovechamiento y explotación económica; una vez identificada la Entidad competente podrá realizar la solicitud siguiendo los lineamientos establecidos en cada una de ellas.

¿Dónde puedo consultar que Infraestructura de Telecomunicaciones ha sido tramitada y con Autorización por parte de la SDHT?
La Secretaría Distrital del Hábitat ha dispuesto en el Observatorio del Hábitat, una herramienta en línea diseñada para garantizar la transparencia, facilitar el acceso a la información ciudadana y apoyar al sector mediante el seguimiento de las solicitudes.
La actualización de las Autorizaciones expedidas por la Secretaría Distrital del Hábitat se puede consultar en el siguiente enlace:
Mapa Estaciones Radioelectricas: IR