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  • Mar 1 de Oct de 2024
    natalia.uribe
    Cuerpo

    Cuando una persona natural o jurídica termina su actividad como enajenador, lo correcto es solicitar la cancelación del registro ante la Secretaría del Hábitat. Esta cancelación es un proceso sencillo de realizar y, al mismo tiempo, hacerlo oportunamente, evitará que se tenga que dar cumplimiento a las obligaciones estipuladas en el artículo 5 de la Resolución 927 de 2021, que trata de las obligaciones del registrado.

    Las obligaciones del enajenador están determinadas porque deben a) Informar, dentro de los veinte días hábiles siguientes a la ocurrencia de los hechos cualquier cambio en la información aportada inicialmente, b) Entregar anualmente, a más tardar el primer día hábil del mes de mayo, el balance general con corte a 31 de diciembre del año anterior, estado de resultados, con las respectivas notas a los estados financieros, y c) Llevar su contabilidad en la forma establecida y de acuerdo con la norma contable vigente.

    No cumplir con estas obligaciones puede acarrear sanciones que son de tipo económico. Por esta razón, lo más recomendable es tomarse el tiempo necesario para solicitar la cancelación del registro. Aquí te explicamos cómo hacer este proceso.

    ¿Cómo hacer la cancelación del registro?

    Para adelantar el trámite de cancelación de registro, el interesado deberá:

    1. Presentar la correspondiente solicitud en el formato: PM05-FO132 Cancelación Registro Enajenador V10
    2. En este formato se incluirá la manifestación expresa de no encontrarse adelantando ninguna actividad de aquellas que dieron lugar al registro.
    3. Se debe radicar de forma presencial en la ventanilla de radicación de correspondencia de la entidad en la Calle 52 No.13-64 de lunes a viernes en horario de 7:00 a.m. a 4:30 p.m.
    4. O también puede realizar la solicitud de cancelación del registro de manera virtual a través de la página de la VUC, en la opción ´Solicitud de cancelación del registro de enajenador´.

    ¿Cuándo se da la cancelación de oficio?

    En algunos casos, la Subdirección de Prevención y Seguimiento de la Subsecretaría de Inspección, Vigilancia y Control de Vivienda de la Secretaría Distrital del Hábitat o la entidad que haga sus veces, podrá cancelar el registro de manera oficiosa cuando proceda una o varias de las siguientes causales:

    • Por desaparición de la persona natural o jurídica.
    • Por decisión judicial o administrativa.
    • Por la reincidencia consecutiva en el incumplimiento de las obligaciones inherentes al registro como enajenador.

    La cancelación de oficio del registro como enajenador será emitida mediante acto administrativo debidamente motivado y contra este procederán los recursos de reposición ante la Subdirección de Prevención y Seguimiento y en subsidio de apelación ante la Subsecretaría de Inspección Vigilancia y Control.

    Es importante destacar que la cancelación del registro no exime de cumplir con las obligaciones que, en ejercicio de la actividad de enajenación de inmuebles destinados a vivienda, se hayan contraído con los compradores y/o terceros, ni da por terminadas las investigaciones administrativas que se encuentren en curso.

  • Mar 1 de Oct de 2024
    natalia.uribe
    Cuerpo

    Las personas naturales o jurídicas matriculadas como arrendadores ante la Secretaría del Hábitat podrán solicitar la cancelación de la vigencia de su matrícula cuando dejen de ejercer la actividad de manera definitiva. Para cumplir con esto, la solicitud deberá especificar el estado de los contratos o inmuebles que se hayan reportado durante el ejercicio de su actividad.

    Para ello, La Subdirección de Prevención y Seguimiento de la Subsecretaría de Inspección, Vigilancia y Control de Vivienda, procederá a cancelar la matrícula de arrendador y actualizará las bases de datos de la entidad, de lo cual informará por escrito al solicitante dentro de los quince días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud.

    Si una persona matriculada como arrendador no hace la cancelación tendrá que continuar respondiendo por las obligaciones legales que tienen los arrendadores y que están contempladas en el artículo 40 de la Resolución 927 de 2021, expedida por la Secretaría Distrital del Hábitat, en el que se indica que el arrendador está obligado a “Presentar hasta el 20 de marzo de cada año un informe sobre el desarrollo de su actividad en el año inmediatamente anterior, con corte a 31 de diciembre”.

    Otra obligación de los arrendadores es “Reportar cualquier modificación a la información y documentación aportada para la obtención de la matrícula de arrendador, dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha en que se produzca la novedad correspondiente”.

    ¿Cómo se puede cancelar la matrícula de arrendadores?

    Para adelantar el trámite de cancelación de la matrícula de arrendador, el interesado deberá presentar la correspondiente solicitud en el formato PM05-FO131 Cancelación matricula de arrendador (https://www.habitatbogota.gov.co/sites/default/files/Formatos/PM05-FO131%20Cancel%20matric%20arrend%20V5.doc) establecido por la Secretaría Distrital del Hábitat.

    En este formato declara bajo la gravedad de juramento la fecha desde la cual no se adelanta ninguna de las actividades de arrendamiento y/o de administración de inmuebles destinados a vivienda urbana.

    Este formato podrá ser radicado de manera presencial en la ventanilla de radicación de correspondencia de la entidad en la Calle 52 No.13-64 de lunes a viernes en horario de 7:00 a.m .a 4:30 p.m. o, de manera virtual, a través de la página de la VUC, una vez registrado. 

    ¿Cuándo ocurre la suspensión o cancelación de la matrícula de oficio?

    La Subdirección de Prevención y Seguimiento de la Subsecretaría de Inspección, Vigilancia y Control de Vivienda podrá suspender o cancelar la matrícula de arrendador cuando las personas matriculadas incurran de manera reiterada en las conductas descritas en los numerales 2, 3, 4, 5 y 6 del artículo 34 de la Ley 820 de 2003 y demás normas que la adicionen, modifiquen o sustituyan.  

    Las causales de suspensión o cancelación de matrícula de arrendador son las siguientes:  

    • Por desaparición de la persona natural o jurídica.  
    • Por decisión judicial o administrativa.  
    • Por la reincidencia consecutiva en el incumplimiento de sus obligaciones inherentes a la matrícula de arrendador. 

    La cancelación de oficio de la matrícula de arrendador será emitida mediante acto administrativo debidamente motivado y contra este procederá el recurso de reposición ante la Subdirección de Prevención y Seguimiento de conformidad con lo establecido en el parágrafo 2°, artículo 34 de la Ley 820 de 2003. 

    Para tener en cuenta

    La cancelación de la matrícula de arrendador no exime al arrendador del cumplimiento de las obligaciones contraídas con la administración y/o con terceros dentro del ejercicio de la actividad, ni da por terminadas las actuaciones administrativas que se adelanten en su contra. 

     

  • Mar 7 de Nov de 2023
    webmaster
    Cuerpo

    Proyecto de resolución “Por medio de la cual se adopta el reglamento para la operatividad del Subsidio Distrital de Vivienda en la modalidad de Arrendamiento Social en Vivienda Pública, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Distritales 145 del 2021, modificado por el Decreto Distrital 241 del 2022”

    Link que redirecciona a los ciudadanos a la página de Régimen Legal de LEGALBOG para los respectivos comentarios:

    https://legalbog.secretariajuridica.gov.co/regimen-legal-publico#/acto-admin-publico/949

     

  • Mar 7 de Nov de 2023
    webmaster
    Cuerpo

    Proyecto de resolución “Por medio de la cual se modifica el parágrafo del artículo 27 de la Resolución 586 de 2021, que adoptó el reglamento operativo para el otorgamiento, asignación y ejecución de subsidios de vivienda en las modalidades de vivienda progresiva, habitabilidad, vivienda rural en sus diferentes tipos de intervención según los componentes del subsidio y se dictan otras disposiciones”

    Link que redirecciona a los ciudadanos a la página de Régimen Legal de LEGALBOG para los respectivos comentarios:

    https://legalbog.secretariajuridica.gov.co/regimen-legal-publico#/acto-admin-publico/948

  • Mié 22 de Nov de 2023
    webmaster
    Cuerpo

    Este martes, 21 de noviembre, el Comité Intersectorial de Coordinación Jurídica del Sector Hábitat realizó la última sesión en la vigencia de la administración de la alcaldesa Claudia López.

    Este espacio, presidido por la Subsecretaría Jurídica de la Secretaría Distrital del Hábitat, promovió la discusión y el conocimiento para fortalecer las decisiones de las entidades que conforman este sector.

    Contó con la participación de miembros de la Secretaría del Hábitat, la Caja de la Vivienda Popular, la UAESP, RENOBO, la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá y la Subsecretaría Jurídica Distrital con la colaboración de la ETB y el GEB.

    Durante la administración, las sesiones se realizaron cada trimestre para un total de cuatro encuentros al año.

    La Secretaría Distrital del Hábitat agradece a quienes hicieron parte de este Comité y al apoyo de la Secretaría Jurídica Distrital.

  • Mié 29 de Nov de 2023
    Edgar Andrés C…
    Cuerpo

    En un emotivo encuentro realizado en la Cámara de Comercio de Bogotá, la Secretaría Distrital del Hábitat rindió homenaje a las mujeres beneficiarias del programa «Bogotá, el mejor hogar para las mujeres», por medio del cual se ofrecen capacitaciones a mujeres de la ciudad y se fomenta su empleabilidad en el sector de la construcción y afines.

    El evento también sirvió para agradecer a las organizaciones y empresas del sector privado que durante el desarrollo del programa han brindado apoyo logístico, realizando las capacitaciones y priorizando las ofertas de empleo que gestiona el equipo humano de la Secretaría.

    «En el 2020 la Secretaría Distrital del Hábitat empezó la construcción de este camino, una apuesta de construcción de valor público compartido entre el gobierno de Bogotá, el sector empresarial, la academia, la sociedad civil y la cooperación internacional, cuyos objetivos consisten en desarrollar y fortalecer las capacidades de las mujeres para lograr su inclusión laboral en los diferentes niveles y sectores de la cadena de valor del sector de la construcción y otras áreas laborales afines al desarrollo del hábitat», puntualizó Nelson Yovany Jiménez, subsecretario de Gestión Financiera de la Secretaría del Hábitat, durante la instalación del evento.

    Con casi cuatro años de labores, el programa «Bogotá, el mejor hogar para las mujeres» permitió que 1952 mujeres se inscribieran a las ofertas de empleo priorizadas por los aliados estratégicos, mientras que 3206 mujeres se inscribieron a los programas de formación realizados con las empresas y promovidos por medio de los canales de comunicación de la entidad y el micrositio del programa: https://www.habitatbogota.gov.co/mujer-habitat.

    Blair Rengifo

    «Yo era vendedora ambulante cuando cerraron El Septimazo y poco valoraba el trabajo en construcción, pero hoy en día entiendo del tema y sé lo complicado que es. Yo he hecho como quince cursos y siento que ya no hay límites para las mujeres», comentó Blair Rengifo, beneficiaria de los cursos de formación del programa.

    Al evento asistieron las mujeres más participativas y constantes del programa. A cada una de ellas le fue un entregado un kit con herramientas y accesorios para el trabajo en construcción. ¡Así, le cumplimos a las mujeres de Bogotá!

    Desde la Secretaría Distrital del Hábitat, se están llevando a cabo proyectos que buscan no solo facilitar el acceso a vivienda, sino mejorarla para quienes ya cuentan con una propia. Adicionalmente, se ejecutan proyectos que permiten el desarrollo sostenible de las ciudades; por esta razón, desde la dirección de Vanessa Velasco Bernal, el Distrito está desarrollando proyectos urbanos estratégicos en Bogotá con un enfoque en la revitalización de la ciudad capital.

  • Mar 12 de Dic de 2023
    webmaster
    Cuerpo

    Con representantes de 107 Juntas de Acción Comunal, la Secretaría Distrital del Hábitat cerró la estrategia ‘Desde El Barrio y La Vereda’. Durante este evento, la entidad hizo la entrega de los planes construidos con las comunidades, los cuales servirán como hoja de ruta para gestionar acciones que puedan dar solución a las diferentes problemáticas que se presentan en los territorios.

    “Este fue un ejercicio exitoso de participación ciudadana para fortalecer la apropiación de las comunidades con sus barrios y veredas. Las 860 personas que hicieron parte de este proceso aprendieron cómo diseñar un plan de acción para responder a las necesidades que pueden surgir en los sectores que habitan”, destacó la secretaria del Hábitat, Nadya Rangel.

    La entidad acompañó la estructuración de más de cien planes barriales y veredales en quince localidades de Bogotá, para un total de ciento cuatro instrumentos de gestión en barrios urbanos y tres en las veredas Los Soches, El Uval y La Requilina.

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    “El plan barrial es muy útil. La Secretaría del Hábitat fue la primera entidad, en estos trece años, que vino a enseñarnos cómo identificarnos y a identificar nuestras necesidades para saber qué debemos hacer y cómo plasmarlo en una guía de trabajo”, expresó Lilia Figueredo, presidenta de la JAC El Pino Sur de la localidad de Usme.

    Entre julio y noviembre de 2023 se construyeron estos instrumentos de planificación de barrios y veredas de quince localidades de Bogotá. En las actividades sus participantes reconocieron que las principales problemáticas están relacionadas con:

    • Puntos críticos de aseo
    • Malla vial arterial, intermedia y local
    • Equipamientos en salud, deporte, bienestar social y cultural
    • Promoción de la separación y aprovechamiento de residuos sólidos

    Para descargar un plan barrial vigente, metodología o documentos relacionados con este proceso la ciudadanía puede ingresar a https://www.habitatbogota.gov.co/ en la sección ‘Proyectos estratégicos’.

     

    Hoy cerramos la estrategia 'Desde El Barrio y La Vereda'. Agradecemos a las más de 107 Juntas de Acción Comunal que se comprometieron y promovieron esta estrategia, y creyeron que era posible transformar su territorio para dar solución a las necesidades en sus barrios y entornos.… pic.twitter.com/ULhfmftWAm

    — Nadya Rangel (@nadyamrangel) December 13, 2023
  • Mié 13 de Dic de 2023
    natalia.uribe
    Cuerpo

    Con el fin de seguir haciendo de Bogotá, el mejor hogar, la secretaria del Hábitat, Nadya Rangel, invita a la ciudadanía a celebrar estas fechas siguiendo las siguientes recomendaciones:

    • No consuma alcohol en exceso y, si va a tomar, NO maneje.
    • No consuma ninguna sustancia psicoactiva.
    • Tenga en cuenta en dónde compra el licor. Para evitar problemas de salud, cómprelo en establecimientos reconocidos.
    • Recuerde que en Bogotá está prohibida la compra de pólvora. No ponga pólvora en manos de los niños ni de personas inexpertas. Puede dañar su vida para siempre.

     

    ¡Si usted quiere hacerle un regalo a su familia, el mejor regalo es llegar sano y salvo a casa!