La Secretaría Distrital del Hábitat realizará una jornada de preparación para la próxima convocatoria del programa Arrendamiento Temporal Solidario, con el fin de orientar a los hogares que podrían participar en el proceso y ayudarles a organizar con anticipación la documentación requerida. La jornada se realizará el viernes, 4 de septiembre, de 9:00 a. m. a 4:00 p. m. en el auditorio de la entidad (Cll. 52 No. 13 63).
Durante la jornada se realizarán sesiones de treinta minutos de manera consecutiva, de tal suerte que las personas interesadas podrán asistir en cualquier momento del horario dispuesto para acceder a la información. En estas sesiones, se explicará, de manera detallada, los requisitos del programa, los documentos que deben preparar y las condiciones que debe cumplir la vivienda que será objeto del subsidio.
La jornada busca que los ciudadanos lleguen preparados a la próxima convocatoria y reduzcan el riesgo de presentar documentos incompletos o con inconsistencias que puedan afectar su postulación. Además, en la próxima convocatoria, los hogares contarán con acompañamiento de la Secretaría Distrital del Hábitat durante el proceso de postulación y cargue de documentos, con el propósito de facilitar el trámite y brindar orientación frente a los requisitos establecidos.
Queremos que los hogares tengan la información y los documentos listos antes de abrir la convocatoria, el próximo 7 de septiembre. Esta jornada es una oportunidad para resolver dudas, conocer las condiciones del programa y prepararse con el acompañamiento de la Secretaría, puntualizó la secretaria del Hábitat, Vanessa Velasco Bernal.
Es importante aclarar que la jornada del 4 de septiembre no corresponde a la apertura de la convocatoria ni implica la asignación del subsidio. Es un espacio de orientación para que los hogares conozcan el programa, revisen sus condiciones y comiencen a organizar la documentación necesaria.
Así las cosas, la Secretaría Distrital del Hábitat invita a los hogares que hacen parte de la población destinataria a aprovechar esta jornada y prepararse con anticipación para la próxima convocatoria de Arrendamiento Temporal Solidario.
¿En qué consiste el programa de Arrendamiento Temporal Solidario?
Arrendamiento Temporal Solidario es un apoyo económico distrital que se entrega, por una única vez, a hogares residentes en Bogotá, para contribuir al pago parcial o total del canon mensual de arrendamiento de una vivienda independiente que cumpla las condiciones establecidas por la Secretaría Distrital del Hábitat.
El subsidio se entrega durante un máximo de seis meses y puede ser de hasta 0.62 salarios mínimos legales mensuales vigentes por mes ($1.085.561). Este apoyo busca brindar una alternativa habitacional temporal a hogares en condición de vulnerabilidad, mientras avanzan en su proceso de estabilización socioeconómica o hacia una solución de vivienda definitiva.
Requisitos de postulación
- La cabeza del hogar debe ser mayor de edad.
- La familia debe recibir ingresos de hasta un salario mínimo legal mensual vigente.
- No tener ningún integrante del hogar como propietario de una vivienda en el territorio nacional, salvo las excepciones establecidas en la normativa vigente.
- No tener ningún integrante del hogar como beneficiario de un subsidio de vivienda que haya sido efectivamente aplicado.
- Cumplir con los demás requisitos establecidos en el Decreto Distrital 653 de 2025, la Resolución 224 de 2025 y las normas que las modifiquen o sustituyan.
- La familia debe pertenecer a alguno de estos grupos poblacionales: Mujeres víctimas de violencia intrafamiliar o en riesgo de feminicidio.
- Víctimas del conflicto armado.
- Víctimas de emergencias o desastres ocurridos durante los cinco años anteriores a la postulación.
- Personas adultas mayores.
- Recuperadores de residuos reciclables inscritos en el RURO de la Uaesp.
- Grupos étnicos.
Adicionalmente, la vivienda también deberá cumplir estas específicas:
- Ser una unidad habitacional independiente (el subsidio no aplica para habitaciones o inquilinatos).
- La familia debe recibir ingresos de hasta un salario mínimo legal mensual vigente.
- Estar ubicada en un sector legalizado.
- Contar con condiciones mínimas de habitabilidad y ser previamente verificada y habilitada por la Secretaría Distrital del Hábitat.
Artículos Relacionados
- Inicie sesión para enviar comentarios