
ABC Mejora tu Casa
¿Qué es Mejora tu Casa?
Es uno de los programas de soluciones habitacionales de la Secretaría Distrital del Hábitat, el cual consiste en la asignación de un subsidio distrital de vivienda con la finalidad mejorar las condiciones básicas de las viviendas de los hogares más vulnerables de la ciudad.
La operación del subsidio dependerá del esquema utilizado para su ejecución, definidos en el artículo 13 de la Resolución 816 de 2025 expedida por la Secretaría Distrital del Hábitat, los cuales pueden ser: i) Ejecución Directa; ii)Convenios de Asociación; iii) Co-gestión ciudadana y iv) Gestión por oferentes.
La aplicación de uno u otro esquema operativo dependerá de las convocatorias y lineamientos de la Secretaría Distrital del Hábitat.
En el momento en que la Secretaría Distrital del Hábitat defina la intervención en su UPL y territorio, se adelantarán los contactos pertinentes para dar a conocer el proceso de postulación al Programa. La entidad definirá la forma de entrega de la documentación directamente en la visita al territorio.
¿Qué me ofrece la Secretaría del Hábitat?
Según las necesidades específicas de las viviendas, el programa ofrece dos tipos de intervención, conforme con lo establecido en los artículos 167 y 172 del Decreto Distrital 653 de 2025:
- Mejoramiento Locativo o de Habitabilidad: Intervenciones en espacios básicos como baños y cocina que no requieren licencia de construcción:
- Hasta 15 SMMLV en vivienda urbana.
- Hasta 22 SMMLV en vivienda rural, con un adicional de transporte de hasta 8 SMMLV.
¿Qué beneficios obtendré con el programa?
El programa mejora la calidad de vida de los beneficiarios, especialmente las condiciones de salud, a través del mejoramiento de los espacios básicos de la vivienda.
¿En qué zonas de Bogotá aplicará el programa?
El programa Mejora tu Casa, focaliza sus acciones en el área urbana de Bogotá, interviniendo barrios legalizados integrados en los Planes de Intervención para el Mejoramiento Integral del Hábitat (PIMI-Hábitat). Mediante un análisis técnico que cruza el déficit habitacional con la vulnerabilidad social, se seleccionaron las primeras 15 Unidades de Planeamiento Local (UPL) del ranking distrital, por ser los territorios que concentran las áreas con niveles de déficit Alto y Muy Alto.
Estas zonas prioritarias, que abarcan un área de 3.655 hectáreas, son:
Código UPL | Nombre UPL | No. |
UPL03 | Arborizadora | 1 |
UPL20 | Rafael Uribe | 2 |
UPL16 | Edén | 3 |
UPL05 | Usme - Entrenubes | 4 |
UPL14 | Patio Bonito | 5 |
UPL04 | Lucero | 6 |
UPL21 | San Cristóbal | 7 |
UPL17 | Bosa | 8 |
UPL10 | Tibabuyes | 9 |
UPL28 | Rincón de Suba | 10 |
UPL11 | Engativá | 11 |
UPL23 | Centro Histórico | 12 |
UPL15 | Porvenir | 13 |
UPL26 | Toberín | 14 |
UPL29 | Tabora | 15 |
El objetivo primordial de esta focalización es dignificar la vivienda y reducir los desequilibrios en los sectores más críticos de la ciudad.
Requisitos:¿Qué debo cumplir para ser beneficiario?
De acuerdo con el artículo 171 del Decreto Distrital 653 de 2025, los hogares deben cumplir con:
- Para mejoramiento de vivienda se tomará el valor de la vivienda a mejorar, el cual no podrá superar el tope máximo establecido para vivienda de interés social, para el mejoramiento rural sin contar el valor del predio de mayor extensión.
- Para mejoramiento urbano, se tomará el valor de la unidad a mejorar, la cual no podrá superar el tope máximo establecido para vivienda de interés social.
- Ningún miembro del hogar debe ser propietario de una propiedad en el territorio nacional distinta a la que es objeto de mejoramiento, excepto cuando se trate de propiedad proindiviso o en comunidad.
- Ningún miembro del hogar debe haber sido beneficiario de un Subsidio de Vivienda aplicado, otorgado por el Gobierno Nacional, otorgantes del Sistema Nacional o Distrital, esta condición no aplicaría en el caso de que la vivienda continúe con déficit cualitativo, siempre y cuando dicho subsidio haya sido aplicado al menos 10 años antes de la postulación al programa.
- Algún miembro del hogar debe ser propietario o poseedor del inmueble objeto de la intervención.
- No se permiten intervenciones en áreas protegidas del sistema nacional, regional y distrital, salvo las que de manera particular defina las autoridades ambientales competentes.
¿Qué documentos debo entregar para acceder al subsidio?
Conforme con el artículo 23 de la Resolución 816 de 2025, se requiere:
- Formulario de declaraciones y autorizaciones, debidamente diligenciado y firmado por todos los miembros mayores de edad del hogar.
- Documento de identidad de los miembros que conforman el hogar y habitan en la vivienda a intervenir, la Secretaría Distrital del Hábitat dará el debido tratamiento de los datos de conformidad a la normatividad vigente.
- Acreditación de la propiedad o posesión de la vivienda a intervenir, en cabeza del jefe de hogar o de un miembro del núcleo familiar. En estos casos:
- Para acreditar la propiedad de la vivienda se aportará el número del folio de matrícula inmobiliaria. Este documento deberá validarse por la Secretaría Distrital del Hábitat en la Ventanilla Única de Registro – VUR.
- Tratándose del derecho de posesión sobre la vivienda, esta deberá ser quieta, pacífica, ininterrumpida y sana, con un mínimo de tres (3) años, demostrada mediante prueba sumaria, sin tarifa legal, sin que esté vigente proceso reivindicatorio alguno.
La Secretaría Distrital del Hábitat asigna los subsidios de mejoramiento validando el hecho de la posesión sin perjuicio de las acciones judiciales a que hubiere lugar. Se tendrá como prueba sumaria, alguna de las siguientes, en el siguiente orden:
- El boletín catastral y/o certificado catastral.
- Copia de las Escrituras públicas sin registrar.
- Comprobante del Pago del impuesto predial de los últimos 3 años.
- Comprobantes de pago de un servicio público por año, correspondientes a los últimos tres años.
- Los beneficiarios del subsidio familiar de vivienda que hayan perdido su vivienda por imposibilidad de pago o por afectaciones físicas, deberán presentar el documento válido que acredite tal situación.
- Documentos válidos que acrediten las condiciones diferenciales, en caso de que apliquen.
Eventualmente, pueden requerirse documentos adicionales como:
- Registro de defunción, en caso del fallecimiento del dueño(a) de la vivienda registrado en escritura, certificado de tradición y libertad y/o impuesto predial.
- Fotocopia de certificación que acredite si se es víctima del conflicto armado (si aplica).
- Soportes médicos de discapacidades físicas y/o cognitivas (si aplica).
¿Qué tengo que hacer durante el proceso?
Participar en las reuniones y en la visita que realice la Secretaría Distrital del Hábitat o el operador designado, para tener información sobre el programa y los requisitos, como:
- Permitir que el equipo técnico y social de la Secretaría Distrital del Hábitat entre a la vivienda.
- Responder a las preguntas y entregar copias de los documentos que se soliciten.
- Si la vivienda es postulada, esperar las visitas técnicas que definen las obras, garantizar que una persona esté presente durante la intervención e informar cualquier situación irregular.
- Recibir la vivienda mejorada, seguir las recomendaciones de uso y mantenimiento, e informar si se presentan daños o si los arreglos quedaron en mal estado.
RECUERDA: ¡EL PROGRAMA LLEGA A TU BARRIO!
Para facilitar el proceso, la Secretaría Distrital del Hábitat o el operador, va al barrio e informa a los interesados si sus viviendas son viables para postularse al programa. Una vivienda es viable si está ubicada en zonas urbanizables, es decir que no tienen afectación por riesgos ambientales o infraestructura pública, y que sus condiciones físicas permiten la intervención –según la modalidad–.
Si tu hogar ya fue visitado por la Secretaría Distrital del Hábitat o el operador, ten en cuenta:
- En la visita se realizará un diagnóstico para evaluar el cumplimiento de los requisitos y se conformará un expediente.
- Una vez asignado el subsidio, la Secretaría Distrital del Hábitat se comunicará para notificar la resolución de aprobación y su vinculación al proyecto de Mejoramiento de Vivienda.
- La ejecución del subsidio se realizará con acompañamiento de una supervisión o interventoría para garantizar la adecuada ejecución de las obras.
- Este proceso será supervisado por la Secretaría Distrital del Hábitat para promover la entrega oportuna y de calidad de la intervención.
- Existe corresponsabilidad del hogar.
- El programa es gratuito, y no tiene cobros de tramitación. Si observas un caso similar por favor acércate a nuestros canales de comunicación y denuncia estas situaciones.
PREGUNTAS Y RESPUESTAS DEL PROGRAMA «MEJORA TU CASA»
¿Los hogares beneficiarios deben desocupar la vivienda durante las obras?
No. Durante la ejecución de las obras de habitabilidad, las familias se reacomodan dentro de la misma vivienda para permitir el avance de los trabajos.
¿El Subsidio de Mejoramiento de Vivienda es transferible?
No. La entidad asigna el subsidio mediante resolución a un hogar en específico con la individualización de cada uno de los miembros que se relacionen en el formulario de postulación, el cual estará vinculado exclusivamente a la vivienda identificada en el proceso.
¿Si no se es propietario o no se tienen escrituras se puede acceder al subsidio de mejoramiento?
Sí. Los poseedores también pueden acceder al subsidio en cualquiera de las modalidades, demostrando la tenencia pacífica e ininterrumpida de la vivienda por un tiempo igual o mayor a tres (3) años.
¿Los hogares deben asistir a la Secretaría Distrital del Hábitat a inscribirse para acceder al subsidio?
No. La entidad adelanta la gestión en los sectores priorizados. Durante las visitas al barrio se informan los requisitos para postular.
¿El Subsidio de Mejoramiento de Vivienda en la modalidad de Mejoramiento de Vivienda puede ser entregado en dinero o material?
No. El Subsidio de Mejoramiento de Vivienda entrega obras terminadas, cuyo ejecutor dependerá del esquema operativo con el cual se ejecute el subsidio.
¿El Subsidio de Mejoramiento de Vivienda realiza construcción de placa entre piso, columnas, vigas?
No. En la modalidad de locativos - habitabilidad no se realizan intervenciones estructurales porque para ellas se requiere licencia de construcción.
¿Cuáles son las áreas de intervención del Subsidio para Mejoramiento de Vivienda?
El programa busca mejorar las condiciones de habitabilidad que afectan la calidad de vida y la salud de los hogares. Por eso, el técnico que realiza la visita define, con los miembros del hogar las obras a realizar, sin superar el tope del subsidio y atendiendo las necesidades de la vivienda.
¿Cuáles son las actividades de obra que realizan con el Subsidio de Mejoramiento de Vivienda?
El Programa de Mejoramiento de Vivienda en la modalidad de locativos – habitabilidad realiza actividades tales como alistado y enchape de pisos y muros, pañete y pintura, instalación de aparatos sanitarios, redes hidráulicas y sanitarias, entre otras.
Desde la Secretaría Distrital del Hábitat, bajo la dirección de la Secretaria Vanessa Velasco Bernal, continuamos desarrollando proyectos estratégicos enfocados en la revitalización de la ciudad y el desarrollo sostenible de Bogotá.
LISTADO DE OFERENTES AVALADOS
Razón Social Oferente | NIT Oferente |
ADKUA SAS | 901464816-2 |
CDC INGENIERÍA Y ARQUITECTURA S.A.S. | 900.584.208-5 |
COINCO | 900.628.905-1 |
INVERCONE SAS | 900878071-6 |
CONSTRUCCIONES MAJHOLICA SAS | 900043509-6 |
CORPORACIÓN ORGANIZACIÓN EL MINUTO DE DIOS | 860.010.371-0 |
FUNDACIÓN CATALINA MUÑOZ | 830.504.284-1 |
CONSORCIO MEJORAMIENTO VIVIENDAS BOGOTA | 902.004.608-8 |
COSCA SAS | 901502469-3 |
CONSORCIO VIVI PROSIC | 902016334-7 |
CONSORCIO VIVI DSO | 902015936-6 |